CECILIA MEDINA QUIROGA

Derechos humanos e igualdad en la justicia

Nacida en Concepción en el año 1935, se graduó como abogada en la Universidad de Chile y se doctoró en Derecho en la Universidad de Utrecht. Vivió el exilio entre 1973 y 1990. Allí inició una vasta y reconocida trayectoria dedicada a promover en Chile y en el mundo la aplicación igualitaria de las normas internacionales de los derechos humanos.

Presentó a la Primera Conferencia Internacional de Pueblos Aborígenes (Naciones Unidas, 1977), un informe pionero sobre discriminación en las leyes. La protección de las mujeres por el derecho internacional ha sido una de sus preocupaciones permanentes.

Fue Presidenta del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, jueza de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que presidió entre 2008 y 2009, siendo la primera mujer y la primera persona de nacionalidad chilena en ocupar ese cargo. Desde allí condujo casos emblemáticos, como el de “Campo Algodonero”, sobre los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez, México, cuya sentencia generó un decisivo precedente jurisprudencial sobre violencia contra las mujeres y sobre la forma de interpretar los deberes de los estados en esta materia.

Ha dirigido e impartido innumerables cursos sobre derechos humanos en Chile y otros países de América Latina, así como escrito y publicado numerosos artículos y libros sobre el tema, contribuyendo de esa manera a formar generaciones de abogados y abogadas, labor que continúa realizando desde el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile, que dirige actualmente.

Durante la presidencia de Cecilia Medina en la Corte Interamericana de Derechos Humanos se emitió la sentencia del caso “Campo Algodonero”, referido a los asesinatos de Esmeralda Herrera Monreal, Laura Berenice Ramos Monárrez y Claudia Ivette González, dos de ellas menores de edad, perpetrados en Ciudad Juárez, México. La sentencia es el primer fallo de este tribunal en un caso de homicidio por razones de género, o feminicidio.

El Estado de México fue condenado por no garantizar la seguridad de las víctimas, y no garantizar la aplicación de justicia, en el contexto del comprobado patrón de violencia hacia las mujeres que existía en Ciudad Juárez. El fallo señala, además, que el Estado ejerció discriminación de género contra las víctimas y hostigamiento hacia sus familiares.

Basado en www.campoalgodonero.org.mx

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